Educadores Físicos. Fase 2
Nuestro Consejo ha elaborado un resumen de las medidas que afectan al entorno profesional de los Educadores Físicos y, por tanto, a su actividad. A continuación detallamos los aspectos que consideramos más importantes para nuestra Comunidad Autónoma:
El Plan para la transición hacia una nueva normalidad sigue reglamentándose a través de Órdenes que especifican las medidas para cada fase. La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 explicita diferentes condiciones relacionadas con el sector deportivo y que afectan de una manera u otra a los/as educadores/as físico deportivos/as y sus centros de trabajo.
Esta nueva norma, que se irá aplicando en las diferentes unidades territoriales según se autorice su paso la fase 2, enumera las medidas a tener en cuenta en relación con la apertura de instalaciones deportivas cubiertas, piscinas para uso deportivo, piscinas recreativas, servicios de turismo activo, entrenamiento de clubes deportivos integrados en ligas no profesionales federadas, entrenamientos de clubes deportivos profesionales y SAD y la reanudación de la competición de ligas profesionales.
También se avanza en la libertad de circulación, que en lo que afecta a la práctica físico-deportiva al aire libre queda permitida en cualquier franja horaria, excepto en el horario de las personas mayores de 70 años, de 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas.
En nuestra Comunidad Autónoma desde la Dirección General de Deporte (DGD) del Gobierno de Aragón se ciñen al BOE y a las instrucciones del Consejo Superior de Deporte (CSD), no han redactado información propia. En cualquier caso, tras la comparecencia de ayer día 24 de mayo del ministro de sanidad, D. Salvador Illa, algunos medios de comunicación en nuestra comunidad y a nivel nacional han emitido información no oficial indicando que los gimnasios no podrán abrir hasta la fase 3:
https://www.abc.es/deportes/abci-frenazo-gobierno-apertura-gimnasios-202005241844_noticia.html
A continuación ofrecemos un resumen del articulado sobre actividad deportiva, piscinas recreativas, playas y turismo activo (Anexo I), otro sobre las medidas de higiene obligatorias que se debe tener en cuenta en los establecimientos, locales e instalaciones deportivas (Anexo II), así como un listado de todas las normas publicadas y otros documentos de interés para la desescalada en el sector deportivo (Anexo III).
ANEXO I
ACTIVIDAD DEPORTIVA, PISCINAS RECREATIVAS, PLAYAS Y TURISMO ACTIVO
Para fase 2, según la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo
OTRAS MEDIDAS QUE PUDIERAN AFECTAR A LAS ACTIVIDADES DE LOS/AS EFD
- Medidas de higiene y prevención exigibles a las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos.
- Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.
RESUMEN ANEXO I
ESPECIFICACIONES DE LA FASE 2 QUE AFECTAN A LOS/AS EFD
APERTURA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS CUBIERTAS, EXCEPTO PISCINAS CUBIERTAS.
- Podrán acceder cualquier ciudadano/a que desee realizar práctica deportiva:
- Con cita previa con la entidad gestora de la instalación.
- Individual o un máximo de dos personas en las modalidades que no se puedan practicar de forma individual,
- Sin contacto físico y una distancia mínima de 2 m.
- Acompañamiento de un/a profesional del entrenamiento, en el caso de ser necesario y debidamente acreditado.
- Uso de instalaciones, turnos y aforos:
- Organización de turnos de uso.
- Aforo máximo del 30% en función de la superficie de uso deportivo de la instalación, tanto en el acceso como en la propia práctica.
- Sistemas de acceso que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitaria.
- Se podrán usas los vestuarios.
- Medidas de higiene:
- Limpieza y desinfección periódica de las instalaciones conforme a la Orden.
- Limpieza de las zonas comunes tras la finalización de cada turno.
- Limpieza y desinfección en cada turno del material compartido tras cada uso.
- Limpieza de la instalación al finalizar la jornada.
APERTURA DE LAS PISCINAS AL AIRE LIBRE PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
- Limpieza y desinfección previa a la apertura:
- De las instalaciones con espacial atención a los espacios cerrados como vestuarios y baños.
- De los diferentes equipos y materiales.
- Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el Anexo V del Reglamento (UE) nº 528/2012.
- Se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida.
- Podrá acceder cualquier ciudadano/a que desee realizar práctica deportiva:
- Con cita previa con la entidad gestora de la instalación.
- Con carácter preferente las personas deportistas federadas de modalidades de práctica en el medio acuático.
- Individual, o un máximo de dos personas en las modalidades que no se puedan practicar de forma individual.
- Sin contacto físico y una distancia mínima de 2 m.
- Acompañamiento de un/a profesional del entrenamiento, en el caso de ser necesario y debidamente acreditado.
- Uso de instalaciones, turnos y aforos:
- Organización de turnos de uso.
- Aforo máximo del 30% de uso deportivo en cada piscina, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica, o una persona deportista por calle.
- Sistemas de acceso que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitaria.
- Se podrán usas los vestuarios.
- Medidas de higiene:
- Limpieza y desinfección diaria conforme a la Orden.
- Limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios.
- Limpieza y desinfección de los aseos reforzada.
- Los aseos deben estar dotados en todo momento de jabón y/o geles hidroalcohólicos o desinfectante con actividad virucida.
- Limpieza de la playa de la piscina y de las zonas comunes tras la finalización de cada turno
- Limpieza y desinfección en cada turno del material compartido tras cada uso.
APERTURA DE LAS PISCINAS RECREATIVAS.
- Limpieza y desinfección previa a la apertura:
- De las instalaciones con espacial atención a los espacios cerrados como vestuarios y baños.
- De los diferentes equipos y materiales.
- Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el Anexo V del Reglamento (UE) nº 528/2012.
- Se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida.
- Podrá acceder cualquier ciudadano/a:
- Con cita previa con la entidad gestora de la instalación.
- Los objetos personales deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.
- Uso de instalaciones, turnos y aforos:
- Organización de turnos de uso.
- Aforo máximo del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que se puedan respetar los 2 metros de distancia. En caso contrario se reducirá para cumplirlo.
- Establecer una distribución espacial, mediante señales en el suelo, que garanticen la distancia de 2 metros.
- Recordatorio a las personas usuarias, por cartelería o megafonía, de las normas de higiene y prevención, señalando que deben abandonar la instalación antes cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
- No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.
- Uso individual de aseos.
- Medidas de higiene:
- Limpieza y desinfección diaria conforme a la Orden.
- Limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios.
- Limpieza y desinfección de los aseos reforzada.
- Los aseos deben estar dotados en todo momento de jabón y/o geles hidroalcohólicos o desinfectante con actividad virucida.
USO DE PLAYAS. TRÁNSITO Y PERMANENCIA EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS SOBRE LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE LA ORDEN.
- Práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo:
- Individuales
- Sin contacto físico y una distancia mínima de 2 m.
TURISMO ACTIVO Y NATURALEZA
- Actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta 20 personas:
- Por empresas debidamente registradas.
- Con cita previa
- Garantizando la distancia de 2 m, o si no es posible utilizando los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
- Uso de espacios:
- No se podrán realizar en establecimientos o locales destinados a la actividad.
- Los zonas comunes deberán permanecer cerradas para el público, salvo la recepción.
- Los aseos y vestuarios pueden abrirse.
- Medidas de higiene:
- Desinfección del equipamiento necesario para facilitar la actividad tras cada uso.
- Los aseos y vestuarios dispondrán de jabón desinfectante para el lavado de manos y/0 geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida.
- Limpieza y desinfección de los aseos y vestuarios como mínimo 6 veces al día.
REANUDACIÓN DE LA COMPETICIÓN DE LAS LIGAS PROFESIONALES
- Siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita.
- Sin público y a puerta cerrada.
- Permitida la entrada de medios de comunicación para la retransmisión.
- El número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones para el adecuado desarrollo, determinado por el CSD con anterioridad.
ENTRENAMIENDO BÁSICO EN LIGAS NO PROFESIONALES FEDERADAS
- Dirigidos a una modalidad deportiva específica.
- De manera individual.
- En los centros de entrenamiento de los clubes o en otro tipo de instalaciones abiertas al público.
- Manteniendo la distancia de 2 metros.
- Acreditación suficiente: la licencia deportiva.
ENTRENAMIENTO TOTAL O PRE-COMPETICIÓN EN LAS LIGAS PROFESIONALES
- Entrenamiento de clubes deportivos y SAD integrados en Ligas profesionales:
- Tareas dirigidas a la fase previa de la competición.
- Tácticos exhaustivos en grupos de máximo 14 personas.
- Asistencia del personal técnico necesario y del personal de apoyo y utilero imprescindible.
- Para el uso de materiales o la realización de actividades en gimnasios, aplicarlas adecuadas medidas de protección para deportistas y técnicos.
- Con carácter general no podrán compartir ningún material. Si no fuera posible, tendrá que ser desinfectado tras cada uso.
- No podrán asistir medios de comunicación.
- Uso de las instalaciones, turnos y aforos:
- Por turnos, siempre que sea posible.
- Evitando superar el 50% del aforo de la instalación.
- En concentración, cumpliendo las medidas específicas de servicios de alojamiento y de restauración.
- Se podrán utilizar los vestuarios.
- Limpieza y desinfección periódica conforme a la Orden.
- Limpieza y desinfección del material utilizado pos los/as deportistas al finalizar cada turno de entrenamiento y a la finalización de la jornada.
- Otras consideraciones:
- Reuniones técnicas con los deportistas con un máximo de 15 participantes, manteniendo la distancia y con las medidas de protección necesarias
- Los árbitros podrán acceder a las instalaciones, para su especifico entrenamiento, en el mismo régimen y con las mismas condiciones aplicables a los deportistas y al personal técnico, de acuerdo con las normas específicas que regulan las instalaciones deportivas al aire libre y cerradas.
ANEXO II
MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN PARA EFD Y SUS CENTROS DE TRABAJO
Para fase 2, según la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo
ANEXO III
NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS SOBRE LA DESESCALADA PARA EFD
NORMATIVA DE INTERÉS
- Reinicio de la AF al aire libre. 01/05/2020, Sanidad.
- Fase 0. Servicios profesionales; deporte profesional y federado. 03/05/2020, Sanidad.
- Protocolo de vuelta a los entrenamiento y reinicio de las competiciones. 06/05/2020, Cultura y Deporte.
- Fase 1. Servicios profesionales; centros y actividades deportivas; turismo activo. 09/05/2020, Sanidad.
- Fases 0 y 1. Navegación deportiva. 10/05/2020,
- Fase 2. Actividad deportiva, piscinas, playas, turismo activo. 16/05/2020, Sanidad.
DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS
- Modelo-guía para para la solicitud de financiación. 08/04/2020, Economistas.
- Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo. 11/04/2020, Sanidad.
- Plan para la reconstrucción y activación del deporte español. 22/04/2020,:
- Plan para la transición hacia la nueva normalidad. 28/04/2020, Sanidad.
- Anexo II, previsión fases desescalada. 28/04/2020, Sanidad.
- Protocolo sanitario para el reinicio de la competición deportiva. 03/05/2020,
- Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. FAQ. 03/05/2020, Sanidad.
- ¿Qué debes tener en cuenta al comprar una mascarilla?. 03/05/2020, Consumo.
- FAQs para deportistas profesionales durante la Fase 0. 05/05/2020,
- Informe sobre la transmisión del SARS-CoV-2 en playas y piscinas. 05/05/2020,
- Protección de datos y coronavirus. 08/05/2020,
- Guía de la fase 1. 09/05/2020, Sanidad.
- Recomendaciones medidas de higiene y protección. 10/05/2020, COLEF Canarias.
- FAQs para deportistas profesionales durante la Fase 1. 11/05/2020,
- Recomendaciones para la apertura de piscinas. 14/05/2020, Sanidad.
- Guía de la fase 2. 17/05/2020, Sanidad.
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