Respuestas de la DGA a las inquietudes de los docentes de Educación Física
Tal como se ha ido informando puntualmente se han publicado las normativas de salud Orden SAN/585/2020, de 13 de julio, por la que se adoptan nuevas medidas en el uso de la mascarilla para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón y educación Orden ECD/794/2020 del 27 de agosto por la que se dictan las instrucción sobre el marco general de actuación, en el escenario 2, para el inicio y desarrollo del curso 2020/2021 en la Comunidad Autónoma de Aragón, las cuales han sido interpretadas por parte de los diferentes equipos directivos de los centros educativos. Un gran número de docentes de Educación Física (EF) de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato nos hicieron llegar sus inquietudes y dudas respecto al inicio del nuevo curso 2020/2021 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Desde el Colegio Oficial de Educadores/as Físico Deportivos/as de Aragón (COLEFA), como corporación de derecho público que representa a los docentes de EF de Aragón, nos pusimos en contacto con el Servicio Provincial de Educación. Trasladamos las inquietudes surgidas entre nuestros profesionales, sobre las diferentes normativas a tener en cuenta para el inicio y desarrollo del curso 2020/2021 en la Comunidad de Autónoma de Aragón, referentes a la materia de EF, concretamente respecto al uso de la mascarilla y las instalaciones deportivas. Dichas preguntas, se remitieron el día 5 de Septiembre a la 13:05 por Registro electrónico con número 200114559815
Desde la DGA, indirectamente, han contestado algunas de estas dudas, facilitamos el enlace al documento (clic aquí para visualizarlo) y más específicamente concretamos las que atañen a nuestro colectivo como docentes de EF.
- Uso de las aulas específicas. ¿Cómo debe procederse?
La recomendación general que recoge la Orden de 27 de agosto es no usar las aulas específicas ni otros espacios de uso común (tales como bibliotecas, por ejemplo, y siempre que no se haya decidido utilizarlas como aula para un GEC), o usarlos una única vez cada día, por un único grupo de alumnas/os, salvo que el centro pueda asegurar la limpieza y ventilación del espacio tras cada uso.
Esta explicación queda posteriormente reflejada más específicamente en la pregunta 20 de dicho documento, ya que habla concretamente de la sala o pabellón de EF.
17.- Excepciones en el uso de la mascarilla. ¿En qué casos o situaciones puede el alumnado no usar mascarilla en el centro educativo?
La Orden SAN/585/2020 establece, en su apartado tercero, las excepciones en el uso obligatorio de la mascarilla, determinando como tales:
- Personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
- Personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- En el caso de la práctica individual al aire libre.
- En supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cuando por la propia naturaleza de las actividades el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Nuevamente estas consideraciones quedan posteriormente ratificadas más específicamente en la pregunta 21 de dicho documento, ya que habla precisamente del uso de la mascarilla, actividades y materiales en Educación Física.
- ¿Qué medidas deben adoptarse para el desarrollo de la Educación Física en los distintos espacios en que se realice?
– Siempre que sea posible, las actividades de Educación Física deberán desarrollarse al aire libre.
– Cuando la EF se desarrolle en el patio de recreo, solo podrán simultanearse clases para varios grupos estables de convivencia (en adelante GEC), cuando la superficie del patio y su configuración permitan que pueda garantizarse el distanciamiento entre los GEC.
– La sala o pabellón de EF solo podrá utilizarse por un grupo estable de convivencia una vez por día, con la excepción de que puede limpiarse tanto la sala como el material utilizado.
– Está prohibido el uso de duchas y vestuarios. El alumnado realizará su higiene personal en el domicilio. En consecuencia, no se hará uso de neceser o bolsa de aseo por parte del alumnado que deberá asistir a clase con la indumentaria adecuada para poder realizar actividad física. Todo ello se tendrá en cuenta para regular la intensidad de las clases y la adecuación, si es posible, de los horarios.
- Uso de la mascarilla, actividades y materiales en Educación Física.
– En Educación Física, el uso de mascarilla es obligatorio durante la práctica de actividades físicas de intensidad baja o media. Si es necesario las actividades deberán adaptarse al cumplimiento de esta norma.
– Ocasionalmente, la alumna o alumno podrá quitarse la mascarilla durante la práctica individual de actividades físicas de intensidad elevada – como pueda ser una carrera corta de velocidad– siempre bajo la supervisión del profesorado. En estos casos deberá aumentarse la medida de distancia interpersonal de seguridad entre el alumno o alumna sin mascarilla y el resto del grupo con mascarilla, hasta 5 metros.
– No pueden realizarse actividades que impliquen contacto físico.
– Solo se utilizará material de uso individual que debe ser limpiado/desinfectado tras su uso.
– El alumnado deberá llevar una botella de agua de uso individual.
Agradecemos estas aclaraciones aunque sean de manera indirecta, seguiremos informando puntualmente y en función de las referencias que vayamos recibiendo, en lo que respecta a todas las dudas surgidas para hacer más seguro el trabajo en los centros educativos y, sobre todo, realizar un trabajo docente de calidad en nuestra materia de Educación Física.
Recordamos que desde nuestro Colegio se apela siempre a la responsabilidad profesional y, sobre todo en estos momentos, al cumplimiento escrupuloso de la normativa en materia de sanidad.









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