Publicado el Real Decreto sobre el preceptivo test de proporcionalidad

El pasado sábado 3 de julio de 2021 el Boletín Oficial del Estado por fin publicaba el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/958, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones (BOE-A-2021-11046).

Este Real Decreto tiene gran importancia para todo el sistema de profesiones de los países de la Unión Europea, por lo que para las y los educadores físico deportivos españoles es y será una norma de referencia. Por ello, el Consejo COLEF participó tanto en el proceso de consulta pública previa como en el trámite de audiencia e información pública.

Para argumentar la necesidad de regular nuestra profesión, se está realizando un exhaustivo trabajo documental, recuperando toda la normativa y la jurisprudencia desde su creación en España. A resaltar que, entre toda esta ingente cantidad de material que avala la necesidad de regular nuestra profesión de forma explícita, se encuentra una importante Sentencia del Tribunal Constitucional (STC 194/1998, de 1 de octubre) en la que se señala claramente la vinculación de nuestro ejercicio profesional con la salud.

Todo este trabajo que está realizando el Consejo COLEF se entregará íntegro al Consejo Superior de Deportes, para que así vehicule el preceptivo test de proporcionalidad correspondiente a nuestra profesión de cara a la ley que está proyectando.

En definitiva, este Real Decreto sobre el test de proporcionalidad, podría considerarse una oportunidad para la profesión de la Educación Física y Deportiva, pendiente de regular de forma explícita desde que se le otorgase el estatus de profesión colegiada en 1978 (Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre).

Más información: https://www.consejo-colef.es/post/rd-test-proporcionalidad

Asistencia del COLEFA a la III Gala Mujer y Deporte del Periódico de Aragón

Raquel Val (Col. 57.287) vocal de educación del COLEFA asistió el pasado jueves 24 de junio a la III Gala Mujer y Deporte del Periódico de Aragón celebrada en el salón de actos de Caja Rural de Aragón.

A dicho acto, además de las premiadas asistieron, el Señor Consejero de Educación, Cultura y Deporte, D. Felipe Faci; el Señor Director General del Deporte, D. Javier de Diego; la Señora Directora General del Instituto Aragonés de la Mujer, Dña. María Goicoetxea; la Señora Concejala de Deportes del Ayuntamiento de Zaragoza, Dña. Cristina García; el Señor Director General de Caja Rural de Aragón, D. Luis Ignacio Lucas; el Señor Presidente de la Cámara de Comercio, D. Manuel Teruel; varios concejales de Zaragoza, diputados regionales de todos los partidos, entre otras personas ligadas al mundo del deporte.

Las ganadoras por categorías fueron:

  • Impulso a la mujer en el deporte: Sociedad Deportiva Huesca
  • Mejor equipo: Club Hielo del Pirineo
  • Trayectoria: Carmen Valero
  • Mejor deportista individual: Lorena García (Col. 60.458)

Nuestro Colegio quiere transmitir la más sincera enhorabuena a todas y seguir apoyando el deporte femenino en todas sus modalidades.

La actividad física y el deporte serán esenciales en la nueva Ley del Deporte

El Anteproyecto de Ley del Deporte vuelve a audiencia e información pública, el 22 de junio de 2021 comenzó el plazo para realizar aportaciones y finalizará el próximo 12 de julio.

En una primera aproximación, el Consejo COLEF ha podido observar que de las 20 aportaciones presentadas por esta corporación al texto de 2019, se han atendido siete de ellas, alguna de las cuales de forma parcial. Además, este nuevo texto integra la solicitud de esencialidad que aprobó la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados a principios de este año, instada a partir del Manifiesto elaborado por este Consejo General.

Acoge la conceptualización de la Carta Europea del Deporte (1992) y dice que «Se entiende por práctica deportiva a efectos de esta Ley todo tipo de actividad física que, mediante una participación organizada o no, se realice con objetivos relacionados con la mejora de la condición física, psíquica o emocional, con la consecución de resultados en competiciones o actividades deportivas, con la adquisición de hábitos deportivos o con la ocupación activa del tiempo de ocio»

Establece una definición extensiva del término deportista, para que los derechos y deberes también alcancen a todas las personas practicantes, independientemente de si lo hacen en el subsector competitivo o en otro.

Otro de los puntos positivos es que en esta ocasión no se olvida de prever de forma explícita el contenido de la Constitución Española y, entre los fines de la Administración General del Estado, introduce «El fomento de la educación física y el deporte en todas las etapas de la vida como parte fundamental de la mejora de la calidad de vida y la adquisición de hábitos saludables, tanto dentro como fuera del sistema educativo».

El Consejo COLEF realizará aportaciones de calidad a la ley angular del deporte español, en su responsabilidad como corporación de derecho público, y en pro de la protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de Educación Física y Deportiva, y por supuesto en defensa de los intereses profesionales de las educadoras y educadores físico deportivos.

Más información: https://www.consejo-colef.es/post/anteproyecto-ley-deporte-2021

Webinar “Bases y argumentos para una EF de Calidad en el currículo”

El Consejo COLEF, en su firme compromiso por impulsar una Educación Física de Calidad en el sistema educativo, no ha cesado de trabajar por este fin en los últimos meses en torno al desarrollo reglamentario de la LOMLOE.

Como se ha venido informando, en marzo de este año se publicó el Manifiesto por una EFC en el desarrollo reglamentario de la LOMLOE, que contó con el apoyo de la mayoría de los COLEFs autonómicos y con más de 128.000 adhesiones al mismo.

Ahora, tras un arduo trabajo realizado por el Comité asesor de Enseñanza de la Educación Física y Deportiva en el ámbito escolar del Consejo COLEF, se presenta a toda la comunidad docente de Educación Física, así como a todas las Consejerías, Instituciones y agentes de interés del sector implicadas de forma directa o indirecta con la materia, el documento: “Bases y argumentos para una Educación Física de Calidad en el currículo del sistema educativo”

Dicho documento será presentado a través de un webinar gratuito.

  • Fecha: lunes 28/06/2021
  • Hora de inicio: 17:00 h (CET)
  • Hora de finalización: 18:00 h. (CET)

Este webinar, tiene como finalidad la puesta en común, debate y posterior consenso, con las aportaciones que se realicen durante la sesión, de un documento que sirva como base para establecer un currículo de EF de Calidad en todo el Estado.

Formulario de inscripción: https://forms.gle/8r5oAPXKsH2ARv8B9

Más información: https://www.consejo-colef.es/post/curriculo-ef-webinar

Renovado el convenio entre el Consejo COLEF y la Universidad Europea

Este convenio contempla diversas ventajas para las personas colegiadas y sus familiares directos en el acceso a la oferta formativa de la Universidad Europea:

  • Realizar las pruebas de ingreso de forma gratuita.
  • 10% de descuento en docencia.
  • Asesoramiento personalizado.
  • Posibilidad de grupos con condiciones especiales adicionales para los colegiados y familiares directos.

Recientemente se ha lanzado por parte de la UEM la Escuela de Innovación Educativa información que puede ser del interés de la colegiación: https://innovacion-educativa.universidadeuropea.es. Una vez solicitada la información en la web (parte superior derecha) un asesor contactará para facilitar un código descuento para realizar la matrícula online.

La Universidad Europea cuenta además con una amplia oferta de ciclos formativos, grados y postgrados (experto, máster) a los que también se aplica el descuento, que abarca diferentes áreas de conocimiento (Medicina y Salud, Ingeniería, Arquitectura y Diseño, Empresa y Tecnología, Derecho, Educación, Ciencias, Deporte, Animación y Videojuegos…) y que ponen al alcance colegial y al de sus familiares.

Facilitamos el contacto del responsable de la Universidad Europea, David Málaga, para ampliar información o resolver dudas:

La Universidad Europea también dispone de titulaciones que se imparten en modalidad online. Para conocer más datos sobre la oferta:

Barómetro de Educación Física en España en tiempos de Covid-19

Desde el INEFC de Barcelona (Universidad de Barcelona), en colaboración con el Consejo COLEF, se está desarrollando un proyecto de investigación con el que se pretende identificar el impacto que ha tenido la pandemia en las clases y el personal docente de Educación Física en España durante el curso 2020-2021.

Siendo así, y con el fin de poder seguir trabajando para que las Administraciones Públicas tengan en cuenta la necesidad de que la Educación Física también sea de Calidad incluso ante situaciones como la que estamos viviendo, el grupo coordinador de este estudio ha diseñado un cuestionario para valorar dicho impacto al que ha denominado “Barómetro de Educación Física en España en tiempos de Covid-19”.

Este cuestionario podrá ser cumplimentado desde el lunes 14/06 hasta el miércoles 30/06 (23:59 h)

Si eres docente de Educación Física en Primaria, Secundaria, Bachillerato y/o Ciclos Formativos de la familia de la Actividad Física y Deportiva, participa.

Más información: https://www.consejo-colef.es/post/barometro-ef-covid-cuestionario

Vuelta a fase 2

Publicadas la ORDEN SAN/591/2021, de 3 de junio, de declaración de nivel de alerta sanitaria 2 y modulación de medidas aplicables en las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza y la ORDEN SAN/592/2021, de 3 de junio, por la que se levanta el confinamiento perimetral en municipios de las comarcas de las Cinco Villas, Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro que entró a las 00:00 horas del día 4 de junio de 2021, se determina, como normativa general de importancia:

  • El desconfinamiento perimetral de todos los municipios de la comunidad.
  • La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público y privado, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes. Esta limitación se aplicará, con carácter general, a todo tipo de dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, hasta completar el aforo establecido en cada caso.

En lo que se refiere a la práctica deportiva.

Artículo segundo. Modulaciones del régimen del nivel de alerta 2.

  1. e) Competiciones deportivas.

La práctica deportiva federada de competencia autonómica se ajustará a lo establecido en la Orden SAN/53/2021, de 17 de febrero, por la que se establecen modulaciones en relación con la aplicación del nivel de alerta sanitaria 3 agravado a las competiciones deportivas oficiales autonómicas, y en la Orden SAN/557/2021, de 27 de mayo, por la que se establecen las condiciones para el reinicio de las pruebas deportivas no oficiales y de las actividades deportivas oficiales no com­petitivas en los niveles de alerta sanitaria 3 ordinario y 2.

En aquellos equipamientos o recintos deportivos en los que tengan lugar competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal no profesionales o competiciones deportivas ofi­ciales autonómicas, pruebas deportivas no oficiales o actividades deportivas oficiales no competitivas, incluidos competiciones o eventos de menores de 16 años, se permi­tirá la presencia de público, con un aforo máximo del 50 por ciento en localidades de asiento, hasta un máximo de quinientas personas en espacios cerrados o de mil per­sonas sentadas en instalaciones al aire libre, debiéndose garantizar en todo caso la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros o dejar un asiento libre en la misma fila, en caso de asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

En todo caso, no estará permitido el consumo de comida y bebida en los recintos de­portivos, exceptuando los alimentos y bebidas dirigidas a permitir la hidratación, ali­mentación y necesidades propias de la actividad deportiva vinculadas a este ámbito, manteniendo las medidas de seguridad establecidas para dicho fin, así como el con­sumo que pueda realizarse en las mesas de los establecimientos de hostelería y res­tauración ubicados en los mismos, quedando igualmente prohibido fumar en las insta­laciones deportivas al aire libre, teniendo tal consideración las instalaciones deportivas descubiertas, con independencia de que se encuentren en un recinto cerrado o abierto, que carezca de techo y paredes simultáneamente, y que permitan la práctica de una modalidad deportiva, excluyéndose de dicha consideración las piscinas y las zonas de agua.

El uso de la mascarilla por parte de deportistas, personal técnico y equipos arbitrales será obligatorio durante el desarrollo de las competiciones, salvo cuando se encuen­tren dentro del terreno de juego o pista o en la realización de la prueba deportiva co­rrespondiente. Durante los entrenamientos el uso de la mascarilla resulta obligatorio, tanto para deportistas como para personal técnico.

  1. f) Piscinas.
  2. En las piscinas al aire libre o cubiertas y zonas de baño para uso recreativo el aforo será del 50 por ciento del máximo autorizado.
  3. Se permitirá el uso de vestuarios con una ocupación del 50 por ciento de su aforo máximo.
  4. Estará permitida también la utilización de duchas siempre que su uso sea individual.
  5. Los vestuarios deberán venti­larse de manera continua durante su uso y, además, antes de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire.
  6. g) Gimnasios y equipamientos equivalentes.
  7. El porcentaje de ocupación máxima permitida, establecido en la letra q) del artículo 29 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, queda fijado en el 50 por ciento del aforo, si bien los grupos para la realización de actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados tendrán una participación máxima de diez personas.
  8. El uso de la mascarilla será obligatorio y se respetará en todo momento la distancia de seguridad entre personas usuarias.
  9. Se permitirá el uso de vestuarios con una ocupación del 50 por ciento de su aforo máximo.
  10. Estará permitida también la utilización de duchas siempre que su uso sea individual.
  11. Los vestuarios deberán ventilarse de manera continua durante su uso y, además, antes de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire.
  12. j) Actividad de guía turística, turismo activo y de naturaleza.
  13. El número máximo de per­sonas integrantes de los grupos, previsto en la letra t) del artículo 29 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, queda fijado en 20 personas, excluyendo el guía.

Dada la complejidad de ir analizando punto por punto una normativa tan cambiante, y buscando las referencias que se hacen de una orden a otra, rogamos que se revisen con detenimiento los aspectos de interés de cada lector. Las interpretaciones hechas por nuestro Colegio son en base a la normativa, por lo que se están realizando las consultas jurídicas pertinentes. Siendo meramente informativos, en ningún caso serán vinculantes, por lo que instamos a quien necesite aclaración sobre algún punto en concreto a contactar con nosotros para la aclaración del mismo. Así mismo, las consultas formales y vinculantes deberán realizarse en el organismo competente del Gobierno de Aragón.

Curso en UNIZAR sobre Educación Física con descuento para Colegiados

La Universidad de Zaragoza ha dedicado uno sus cursos de verano a la Educación Física. Más concretamente se titula: «De la teoría a la práctica: propuestas prácticas para la Educación Física actual.»

Contaremos con profesores como Alfredo Larraz, uno de los impulsores del currículo actual, o Julio Salinas, profesor de las escuelas del Villarreal FC, entre otros. Será un curso dinámico y práctico donde se podrán intercambiar ideas y recursos. Se abordará la Educación Física desde una perspectiva específica además de cómo incluir esta orientación en el proceso de oposición al cuerpo de profesores de ESO  y maestros a través de un caso real.

Otra información relevante:

  • Fecha: 1 y 2 de julio en Zaragoza
  • Horas: 16h presenciales
  • Curso homologado por el Dpto. de Educación, válido para oposiciones.
  • 0,5 créditos ECTS
  • Más información: https://cursosextraordinarios.unizar.es/curso/2021/de-la-teoria-la-practica-retos-y-propuestas-practicas-para-la-educacion-fisica-actual
  • Precio: 100€ tarifa reducida y 120€ tarifa ordinaria.

– Descuento para colegiados/as: Tarifa reducida: estudiantes de UNIZAR, familia numerosa, personal de UNIZAR, desempleados, y personas con diversidad funcional

¡Sin duda una gran oportunidad para mejorar en nuestra acción docente!

¡Anímate!

¡La Justicia avala las competencias del Grado CAFyD frente a la denuncia del Consejo de Fisioterapeutas!

El Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España (CGCFE) interpuso, en 2018, una demanda al Ministerio de Universidades por las competencias relacionadas con el ámbito de la salud de la Resolución de 18 de septiembre de 2018 sobre competencias del grado en CAFyD (BOE-A-2018-12774).

Tras personarse, el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF) como parte interesada y afectada en el proceso del mismo en diciembre de 2020, COMUNICAMOS que la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dicta la primera sentencia en el conflicto entre fisioterapeutas y educadores físico deportivos.

Tras esta sentencia, el Consejo COLEF, la Conferencia de Decanos de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Conferencia de Decanos de CAFyD), la Asociación Española de Ciencias del Deporte (AECD), la Comisión Promotora de la Academia de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (ACAFDE) y la Asamblea Nacional de Estudiantes de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Anecafyde) publican un Comunicado conjunto, al que puede acceder a través del siguiente enlace, en el que notifican que la Justicia avala las competencias del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFyD) en relación con el ejercicio físico orientado a la salud (STSJ 277/2021). Además, estas instituciones expresan en dicho documento, de forma clara y contundente, que las personas profesionales expertas en ejercicio físico son aquellas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (educadores físico deportivos), a través de la aplicación de las competencias adquiridas en su formación, que les permiten graduar el ejercicio físico en función del estado de salud de cada persona.

Por último, Consejo COLEF, Conferencia de Decanos de CAFyD, ACAFDE, AECD y Anecafyde hacen un llamamiento al respeto entre profesiones y profesionales, sin olvidar que el ejercicio físico no tiene apellidos y que la sociedad debe comprender que los máximos expertos en su análisis, diagnóstico, planificación, ejecución, control y evaluación son los educadores físico deportivos. Sabiendo a su vez, trabajar en equipos interdisciplinares en los que, cuando sea necesario, el médico supervise el proceso.

Desde el COLEFA celebramos con toda la organización colegial este paso tan importante para la profesión, y rogamos se de traslado del mismo a toda la ciudadanía a fin de que conozcan de primera mano tan importante sentencia. Seguiremos informando, como siempre, de las acciones relevantes que sigan llevándose a cabo al respecto.

Accede al Comunicado oficial:

Más información: https://www.consejo-colef.es/post/sentencia-fisioterapia-efd

 

¡Mejoras en el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la colegiación!

El Consejo COLEF renueva  la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de la colegiación incrementando los sublímites de inhabilitación a 2.400 €/mes (anteriormente en 1.800 €) y por víctima en patronal a 300.000 € (anteriormente en 150.000 €).

Cabe recordar que toda la colegiación de la Organización Colegial de la Educación Física y Deportiva de España cuenta con Seguro de Responsabilidad Civil Profesional, siempre y cuando se encuentren en modalidad ejerciente. El objetivo de este seguro es hacer frente a los daños personales, materiales y consecuenciales que, involuntariamente, por sus errores u omisiones, la persona profesional haya podido causar en el ejercicio de su profesión a aquellos/as que reciben sus servicios, así como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar.

En los siguientes enlaces puede visualizarse la póliza con las condiciones especiales y generales, que complementan a las particulares.

– Póliza SRC COLEF 2021-2022 –

Certificado de la compañía aseguradora

 

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